Hay hay, estos cuñaos de barra de bar, que cosas dicen.
La ley indica que todo vehículo a motor, obligatoriamente, si esta dado de alta en trafico, circule o no circule, tiene que tener un seguro obligatorio de rc, tu seguro comunicara a trafico que no dispones de seguro y estos ya verán que hacen, las multas por no disponer de seguro, creo que pueden llegar a los 300€, si te pillan circulando sin seguro la cantidad se eleva.
Eso del mes no es así, te indican en tu seguro, por escrito, que si se produce el impago del recibo de renovación, tienes un plazo de 30 días para pagarlo, si en el transcurso de esos 30 días, tienes un accidente, previo pago de ese recibo, se harían cargo del siniestro, si pasados los 30 días no haces efectivo el pago, las garantías contratadas quedan en suspenso, y podrás volver a tenerlas a las 24 horas de hacer efectivo el pago, si la póliza no a sido anulada por impago y mandados tus datos al fichero de personas que no asumen sus pagos en fecha.
Los seguros por días son para otras circunstancias.
Por curiosidad, ¿para que circunstancias?