Y en cuanto a ERTES lo mas claro creo que es la postura de este compi de profesion
"
1-Todos los que han cerrado de forma obligatoria o tienen situación de aislamiento decretado por la autoridad sanitaria porque hay algún caso en su empresa , pueden solicitar un ERTE total por situación DE FUERZA MAYOR debido al coronavirus y se lo darán.
2-los que no han tenido que cerrar forzosamente pueden solicitarlo únicamente cuando puedan demostrar perdida mensual superior al 75% respecto a la media de los seis meses anteriores, si los hacemos por hacer en este segundo caso sin tener acreditado este requisito,se corre mucho riesgo de que no lo concedan, pero sí que se puede pedir, hay que decir esto a los clientes antes de que piensen otra cosa.
En el primer caso ERTE por cuestión excepcional de Fuerza Mayor por coronavirus
En el segundo caso erte por motivos económicos derivados o relacionados con coronavirus
son diferentes
Y siempre recordando que no pueden bajar la plantilla de trabajadores en los seis meses siguientes desde que se empiece a trabajar en las empresas que le hayan estimado el erte.
No obstante hay que calibrar desde mi punto de vista que si podemos acreditar alguna cuestión empresarial que demuestre que la empresa no va a poder seguir trabajando....ENTIENDO QUE PODEMOS INTENTAR PRESENTARLO AUN SIN ACREDITAR ESE 75%....Creo que es de sentido común y hay que ver caso a caso.
Esto es lo que he dicho a mis trabajadores y lo pongo aquí por si le sirve a alguien."
Si mi empresa baja la facturación un 75% pero no es de obligado cierre, ¿Puedo presentar ERTE por fuerza mayor? o sería el otro ERTE, casuamente mis 2 trabajadores aun no llevan el año trabajando y de una forma cobrarían y de la otra no... Tengo una gasolinera.