Buenas shurs,
os cuento a modo resumen para vagos:
Multa de tráfico, exceso de velocidad en vía limitada a 40 me cazan a 69. 300 € y dos puntos que con pronto pago se reduce a 150.Junio del 2019....
Ni me entero de la foto, vivo feliz foreando, con mis altibajos y rachitas como todo kiski. Enero del 2021, me llega carta certificada de LA AGENCIA TRIBUTARIA. Sorpresita al canto....
Sanción con recargo a lo bestia por intereses acumulados dado el tiempo que ha pasado. 900 € la broma sin posibilidad de reducción.
Qué ha pasado? Pues que en la DGT constaba la dirección de mi domicilio antigua. Ahora vivo en otro sitio y desconocía que tenía que dar parte a la DGT de esto , sinceramente.
He ido a una gestoría a informarme y me han dicho que llevo todas las de perder por vía administrativa, ya que ellos lo publican en una especie de BOE para sanciones de tráfico y que con eso ya se cubren las espaldas legalmente,y que tendría que recurrir a la vía judicial ( = prepara mas pasta para abogado). Pasando.
¡Que no os pase lo mismo shurs!
Si alguien le ha pasado lo mismo y ha sabido arreglar el entuerto , se lo agradecería comentara.
Buen foro
Edito, no había leído.